Manual de PPI Capítulo II y III

                    MANUAL DE PRÁCTICA PEDAGÓGICA INVESTIGATIVA



CAPITULO II.

CAMPO APLICADO  PARA LA PRÁCTICA PEDAGÓGICA.

 

Artículo 6º. Los convenios.  La Institución Educativa Escuela Normal Superior Pio XII de Pupiales,  establece convenios con instituciones del sector privado y oficial, zona urbana y rural. Las escuelas de aplicación para las experiencias pedagógicas sirven como laboratorios de los estudiantes en formación  para la realización progresiva de su experiencia docente,  en los cuales observan,  aplican, experimentan e investigan. (Ver listado de convenios)

 

CAPITULO III.

DE LA COMUNIDAD ACADÉMICA, FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES

 

Articulo 7º.  Conformación.  El consejo de la practica pedagógica investigativa de la  Escuela Normal Superior  Pio XII está  conformado por.

 

1.   El Rector de la Escuela Normal Superior Pio XII de Pupiales.

2.   La Coordinadora del programa de Formación Complementaria de Educadores

3.   Los Coordinadores de la Básica Primaria de la Escuela Normal Superior Pio XII de Pupiales

4.   Docentes de Práctica pedagógica Investigativa.

5.   Docentes de  Investigación

6.   Un delegado de las áreas de formación pedagógica (didácticas)

7.   Un representante de los estudiantes de cada uno de los niveles y semestres.

8.   Las maestras cooperadoras de los niveles de preescolar y de básica primaria de la Escuela  Normal

9.   Un representante de  cada una de las escuelas de campo aplicado con las cuales se tiene convenio

 

Parágrafo 1.  En el consejo de practica pedagógica  se desarrollan talleres  en los cuales se analizan, reflexionan y se, intercambian puntos de vista en torno a las experiencias y problemáticas derivadas de las acciones o actividades de práctica pedagógicas investigativa y participan todas las personas involucradas en su organización, seguimiento, orientación, ejecución y evaluación.

 

Parágrafo 2.El consejo práctica pedagógica investigativa se reunirá el último viernes de cada mes y en forma extraordinaria cuando sea necesario

 

Artículo 8º.  Funciones y compromisos del consejo de practica pedagógica investigativa.

1.     Propiciar en forma permanente la reflexión pedagógica del quehacer docente

2.     Acompañar al maestro en formación  en el proceso de  la práctica docente.

3.     Proponer  soluciones a situaciones especiales que se presenten con los maestros en formación  en las actividades pedagógicas.

4.     Apoyar y estimular el trabajo pedagógico de docentes cooperadores.

5.     Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias.

6.     Participar activamente en la evaluación de los maestros en formación.

7.     Apoyar el trabajo pedagógico del maestro en formación.

 

Artículo 9º. Funciones del Coordinador  de la Práctica Pedagógica Investigativa.

1.     Planear y organizar las reuniones de práctica pedagógica investigativa

2.     Convocar los consejos de practica pedagógica investigativa

3.     Presentar al consejo académico las evaluaciones y desempeños de los maestros en formación

4.     Poner en consideración  al consejo académico los casos especiales que se presenten en el ejercicio de la practica pedagógica investigativa

5.     Incluyendo las guías de observación, ayudantía y desarrollo de clase.

6.     Asesorar y orientar a los maestros en formación en los temas a  desarrollar en la experiencia pedagógica.

7.     Realizar el control de calificaciones de los alumnos maestros

8.     Llevar el control de calificaciones de los alumnos maestros con base a la guía de evaluación.

9.     Presentar el resultado de las calificaciones a la comunidad académica.

10. Realizar visitas periódicas a las escuelas que apoyan este trabajo.

11. Distribución de los alumnos maestros en la escuela de aplicación pedagógica.

 

Artículo 10º. Funciones de la Coordinadora del Programa de Formación  Complementaria de Educadores

1.               Colaborar en la distribución de los alumnos maestros en la escuela de aplicación pedagógica.

2.               Realizar visitas esporádicas a las escuelas que apoyan el trabajo pedagógico.

3.               Apoyar el trabajo pedagógico de los maestros en formación.

4.               Resolver las situaciones especiales que se presentan con los maestros en formación en las actividades pedagógicas que no requieren estudio de la comunidad académica.

 

Artículo 11º. Funciones de los Maestros Acompañantes

Los(as) maestras(os) acompañantes son los profesores de los diferentes grados de los niveles de preescolar y básica primaria  del sector urbano y rural, con quienes  los maestros en formación desarrollan  el proceso de PPI.  Tienen como funciones las siguientes.

 

1.     Estimular la vocacionalidad del maestro en formación desde su vivencia personal y profesional

2.     Asumir la responsabilidad de diligenciamiento de las guías de evaluación de los maestros en formación.

3.     Resolver en primer término, las situaciones especiales que se presenten con los maestros en formación en la actividad pedagógica.

4.     Valorar y estimular el desempeño del maestro en formación.

5.     Apoyar y orientar el trabajo pedagógico del maestro en formación.

6.     Asistir puntualmente a las reuniones ordinarias y extraordinarias cuando sea necesarias.

7.     Hacer registro  descriptivo secuencial y coherente del proceso de la práctica pedagógica investigativa del maestro en formación que permita llevar un seguimiento formativo.

8.     Dar un trato respetuoso y cordial a las maestras y maestros en formación.

 

Articulo  12ª. De los derechos de maestras/os en formación

Los estipulados en el Manual de Convivencia del Programa de Formación Complementaria

1.               Promover y participar en las actividades académicas, científicas, investigativas, artísticas, deportivas, culturales y políticas que refuercen los valores establecidos en el P.E.I.

2.               Recibir la atención adecuada y oportuna de quienes tienen la responsabilidad directiva, docente, orientadora y asesora del Programa de Formación Complementaria y demás personal que labora en la Institución.

3.               Utilizar la Biblioteca y demás recursos educativos existentes en la Institución como también los recursos físicos, tecnológicos, didácticos y bibliográficos.

4.               Presentar peticiones respetuosas ante las directivas  y profesores de la Institución y obtener respuestas oportunas.

5.               Solicitar y obtener las calificaciones y otras certificaciones.

6.               Ser acreditados con el carnet de la Institución.

7.               Estar informados sobre los procesos y actividades que se desarrollen en la institución

8.               Además de los  derechos que se encuentran estipulados en el Manual de Convivencia de la Institución.

 

Articulo 13ª. De los deberes de maestras/os en formación

Los deberes de los maestros en formación del Programa de Formación Complementaria son los mismos de los estudiantes de toda la Institución  ya estipulados en el manual de convivencia y para efectos de  la PPI, los maestros en formación asumen los siguientes compromisos:

 

Durante la planeación  de Practica Pedagógica Investigativa

1.               Cumplir cabalmente sus deberes como estudiante, requisito indispensable para que la Institución pueda garantizarle su formación integral en alto nivel de calidad.

2.               Adoptar una actitud crítica y la práctica de valores: responsabilidad, justicia, rectitud, firmeza, constancia, integridad e igualdad.

3.               Asistir puntualmente a las actividades de planeación a realizar en equipo con sus maestros acompañantes.

4.               Hacer propuestas didácticas para Preescolar y Básica Primaria a partir de la fundamentación teórica, legal y pedagógica, acorde con las políticas del MEN, del PEI de la institución, de las nuevas tendencias educativas en el proceso de enseñanza aprendizaje y de su entorno sociocultural.

5.               Organizar y llevar de excelente manera los libros reglamentarios, entre otros, plan de clase, diario de campo y reflexión pedagógica; como también presentarlos a tiempo para su debida revisión.

6.               Preparar las actividades de clase siguiendo las directrices de la Didáctica y de acuerdo al modelo pedagógico de la Institución y al nivel escolar específico.

7.               Preparar el material requerido con alta calidad, tanto en su forma como en su contenido.

 

Durante la ejecución de la Practica Pedagógica Investigativa

1.               Llegar puntualmente a la escuela y a su aula para organizarla de acuerdo a las necesidades del día.

2.               Llevar el preparador de clase, el diario de campo o pedagógico y los recursos indispensables para el desarrollo de las actividades de la jornada.

3.               Orientar las actividades con ética y profesionalismo

4.               Asumir con inteligencia y madurez  las recomendaciones que se hagan para mejorar su desempeño como maestro.

5.               Hacer buen uso de la comunicación, tanto con los niños como con los maestros acompañantes,  directivos, padres de  familia y con todas las demás  personas que le corresponda compartir diariamente.

6.               Evidenciar, en su desempeño, excelente formación disciplinar, pedagógica y humanista.

7.               Desarrollar su competencia investigativa y realizar importantes anotaciones para diligenciar de manera conveniente el diario pedagógico, el observador del alumno y los informes que le corresponda rendir como maestro(a).

8.               Presentarse al lugar de práctica en forma ordenada, limpia y decorosamente vestido, con el uniforme correspondiente.

9.               Asistir puntualmente y participar de todas y cada una de las actividades concertadas como: recorridos, aseos, acompañamiento a los niños en las horas de descanso, convivencia, reunión de padres de familia  y proyectos del grupo, entre otras.

10.           Participar en la organización y aseo del aula y de la escuela, al terminar la  jornada escolar.

11.           Integrarse como sujeto activo de la institución al grupo, asumiendo con   responsabilidad y sentido de pertenencia las actividades que se le  asignen.

12.           Informar oportunamente  a la coordinación de Práctica Pedagógica y al maestro(a) acompañante, su inasistencia, argumentando el motivo” Si la inasistencia es igual o superior a tres días hábiles, ésta se cancela para ser realizada en tiempos estipulados por la institución.

13.           Asumir la responsabilidad y el compromiso de dejar en alto el nombre de la institución en el sitio donde desarrolle la práctica pedagógica y en cualquier otro lugar en que interactúe.

14.           Proponer y ejecutar proyectos pedagógicos que promuevan el desarrollo integral de los niños y el mejoramiento continuo de las Prácticas Pedagógicas Investigativas.

15.           En caso de presentarse situaciones  de conflicto, asumir una actitud dialogante con el maestro acompañante y coordinador(a) de práctica para su manejo.

16.           Adaptar su práctica pedagógica a las necesidades del contexto.

 

 

 

Articulo 14ª. De los estímulos a los maestras/os en formación

1.               Si el desempeño del maestro en formación en la interacción en el aula es superior (5.0) se le reconocerá en su hoja de vida.

2.               Publicación de los trabajos de los estudiantes en el periódico de la Institución.

3.               Recibir la medalla de Mejor Practicante en la ceremonia de Grado.

 

Articulo  15ª.  De la evaluación de la Practica Pedagógica Investigativa

Para efectos de la evaluación de la PPI, se tendrá en cuenta lo estipulado en el manual de convivencia y lo que se expresa en el SIEE del PFC (CITADO ARTICULO 28)

(CITADO ARTICULO 28) “Etapa del proceso docente, educativo y pedagógico que hace referencia al control de alta calidad de desarrollo en los procesos de formación y construcción del conocimiento como en los resultados del mismo.”

 

En ésta los maestros en formación se comprometen a:

1.               Acatar y cumplir los acuerdos tomados por consenso grupal tanto en el sitio de práctica como en  la Escuela  Normal Superior “Pio XII”.

2.           Cumplir todos los compromisos adquiridos en las tres etapas de desarrollo de la labor como maestro(a).

3.           Asistir puntualmente a las jornadas de evaluación y reflexión.

4.               Esforzarse por alcanzar los desempeños propuestos demostrando siempre interés por desarrollar en alto nivel   todas sus competencias, pedagógica e investigativa.

5.           Presentar buenas alternativas de solución a los problemas.

6.           Sistematizar adecuadamente la información que recoge de las experiencias adquiridas en la práctica pedagógica, para construir conocimiento pedagógico y compartirlo cuando sea pertinente.

7.            Desarrollar procesos de  heteroevaluación, coevaluación y autoevaluación en el ejercicio de la Práctica Pedagógica.

8.           Reflexionar frente a su desempeño en la práctica pedagógica investigativa para detectar fortalezas y debilidades, proponiendo alternativas de mejoramiento que coadyuven  a su formación  personal y profesional.

9.           Quedar a paz y salvo con los educandos, con el maestro acompañante y / o con la escuela donde realizó su práctica    docente y pedagógica.

 

PARÁGRAFO 1: La evaluación del desempeño del maestro en formación se realizará por quienes participen directamente en el proceso (maestro titular del aula de práctica,  coordinador de práctica del Programa de Formación Complementaria) y siguiendo los indicadores de la ficha diseñada para tal fin. Para efectos de evaluación se realizará una reunión semanal con las maestras acompañantes. Si durante la primera semana de PPI, se presentan dificultades, se hará llegar un preaviso al maestr@ en formación, para darle la oportunidad de superación durante los 3 días siguientes, tiempo en el que recibirá orientación de la maestra acompañante  y la coordinadora de PPI.

 

PARÁGRAFO 2: Los casos de evaluación  que requieran un tratamiento especial, serán estudiados por el Consejo de Práctica.

PARÁGRAFO 3: La práctica pedagógica será aprobada  con una calificación  de  tres, cinco (4.0). La reprobación de la práctica implicará la repetición de la misma.

PARÁGRAFO 4: El proceso de  evaluación de la Práctica Pedagógica Investigativa, debe tener presente la formulación de proyectos de aula para los diferentes niveles. 

Para efectos de evaluación de los maestros en formación en el desarrollo de la PPI, se tendrá como referencia Los  instrumentos que  se muestran  como anexos ( ver  Anexo A, B,C, D, F).Además de los instrumentos anteriores, es importante aludir al SIEE del PFC , principalmente los artículos.

 

Articulo  16ª. DE LA GRADUACIÓN (CITADO ARTÍCULO 6):

“Para el caso del PFC, procede cuando el estudiante de último semestre haya alcanzado, por lo menos, nivel básico en todos los créditos académicos correspondientes a espacios académicos; nivel alto en la Práctica Pedagógica Investigativa, y concepto aprobatorio en la sustentación de su experiencia de investigación.”

 

PARÁGRAFO 1: el estudiante que no obtenga concepto aprobatorio en la sustentación de la experiencia de PPI, tendrá un plazo máximo de 2 años con continuidad académica, para presentar una nueva sustentación y obtener concepto aprobatorio.

PARÁGRAFO 2: El derecho a nueva sustentación se obtiene al formalizar matrícula semestral dentro del término del parágrafo 2 del presente artículo.

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